La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) admitió, a la fecha, dos solicitudes de revocatoria respecto al mandato de los alcaldes y todos los regidores de los distritos de Boquerón, provincia de Padre Abad (Ucayali) y Huayana, provincia de Andahuaylas (Apurímac).
En el caso del distrito de Boquerón, la admisión de la solicitud de revocatoria fue oficializada a través de la Resolución n.° 000073-2024-SG/ONPE.
Según la norma citada, los motivos por los cuales se pretende la revocatoria del alcalde Alex Cabello Corne son: el incumplimiento de promesas electorales, incapacidad moral, mala administración del presupuesto municipal, pésima atención a la población, ausencia continua y exceso de cobros de arbitrios.
A su vez, por la falta de fiscalización al burgomaestre, los regidores para quienes se pide la revocatoria son: Wilder Aquino Orbezo, Sonia Elizabeth Mendoza Velásquez, Antonio Acricio Flores Infantes, Tabita Areli Guerrero Silva y Leidy Castre Aguirre.
La resolución precisa que la solicitud cumple con el número de adherentes requerido (25 % del número de electores) y fue ingresada el 11 de octubre de 2024, es decir, antes del plazo fijado por el Jurado Nacional de Elecciones (JNE). La solicitud de revocatoria fue presentada por la ciudadana Talia Eyme Esteban Solis, en su condición de representante del promotor Leyver Leyder Castre Aguirre.
En cuanto al distrito de Huayana, la admisión de la solicitud fue oficializada a través de la Resolución Jefatural n.° 000078-2024-SG/ONPE.
Los motivos para solicitar la revocatoria del alcalde Pedro Celestino Torre Ccoycca son: incumplimiento de promesas de campaña, la falta de capacidad de gestión y de interés con las necesidades del pueblo, entre otras.
Asimismo, los regidores para quienes se pide la revocatoria son: Fila Fortunita Quispe Urpe, Pelayo Calderón Coronado, Gladys Urpi Chipana, Rolando Urpe Pedraza y Ventura Calderón Mayhuire. Los motivos consignados en la solicitud son varios: no estar permanentemente en la Municipalidad, no estar administrándola, no fiscalizar y no dar cuenta a la comunidad, ser parte del alcalde, no emitir opinión y la indignación del pueblo con ellos.
En este caso, la solicitud fue presentada por el promotor Percy Oviedo Flores.
La ONPE notifica ambas disposiciones a los promotores de las solicitudes de revocatoria, así como a las autoridades municipales comprendidas en este proceso.
La admisión de las dos solicitudes es comunicada al JNE y publicadas en el diario oficial El Peruano. Además, se difundirán los fundamentos de las solicitudes, conforme al artículo 19 de las disposiciones para la admisión de las solicitudes de revocatoria de autoridades regionales y/o municipales 2023-2026.
El organismo electoral recuerda que el 21 de noviembre será la fecha límite para presentar solicitudes de revocatoria ante la ONPE.
La ONPE habilitó un enlace para revisar las solicitudes presentadas que han sido admitidas para la consulta popular de revocatoria al mandato de autoridades regionales y/o municipales. Allí se podrá descargar un extracto de los fundamentos de la solicitud y la resolución que la admite.
https://www.onpe.gob.pe/elecciones/revocatoria/
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