Las empresas operadoras están obligadas a garantizar la entrega del recibo mensual con el detalle del plan tarifario a los usuarios de los servicios públicos de telecomunicaciones a través de los canales autorizados, como correo electrónico, mensajes de texto y otros medios alternativos (páginas web, aplicativos), informó el Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (OSIPTEL).
De esta manera, los usuarios podrán conocer el monto a pagar por el servicio prestado. En este recibo, se debe consignar la facturación total a pagar, además de las promociones, consumos adicionales, paquetes o conceptos no contratados en los recibos de telefonía fija, móvil, televisión de paga o internet, adquiridos por el titular del servicio.
Reclamo por facturación
Es importante que los usuarios adopten la costumbre de revisar minuciosamente el monto a pagar e identificar los conceptos por los que les está cobrando la empresa operadora. Si un usuario no reconoce algún cobro, puede presentar un reclamo por facturación ante la propia operadora.
Como parte del procedimiento, la empresa operadora deberá brindar al usuario un código de reclamo como constancia de presentación del mismo, independientemente si el trámite se ha realizado a través del canal de atención presencial, telefónico o virtual.
La empresa tendrá hasta 15 días hábiles para responder, cuando el monto reclamado sea de hasta 0,5 % del valor de la unidad impositiva tributaria (UIT) y de 20 días hábiles para montos superiores al 0,5 % del valor de la UIT. Adicionalmente, se considerará un plazo máximo de cinco días hábiles para la notificación de la respuesta por parte de la empresa operadora en el domicilio del usuario o a través de correo electrónico si así lo autorizó.
Para más información, pueden visitar la guía interactiva El ABC de los Reclamos en Telecomunicaciones (https://www.osiptel.gob.pe/guiareclamos/), que contiene todo lo que los usuarios necesitan saber y conocer sobre el procedimiento de reclamos.
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