La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) ha emitido informes técnicos de verificación sobre el uso del financiamiento público directo (FPD) ejecutado en el primer semestre del año 2024, en los cuales se han advertido observaciones que pueden determinar presuntas infracciones a la Ley de Organizaciones Políticas (LOP), lo cual podría meritar el inicio del procedimiento administrativo sancionador. Estos informes técnicos han sido publicados, por ello, pueden visualizarse en Claridad y han sido puestos en conocimiento de cada uno de los partidos políticos.
La ONPE recuerda que los procesos administrativos sancionadores (PAS) tienen dos etapas, una instructiva y otra resolutiva.
En la primera, la Gerencia de Supervisión de Fondos Partidarios (GSFP) elabora un informe técnico y, en caso advierta observaciones que ameriten la presunta comisión de una infracción administrativa, esto es comunicado al partido político.
Se debe tener presente que el informe técnico emitido puede ser objeto de descargo por parte del partido político, esta situación es evaluada por la GSFP con la finalidad de determinar si las observaciones persisten o no.
En caso estas observaciones persistan se remiten los actuados para el inicio del PAS mediante la emisión de una resolución gerencial.
Esta resolución gerencial se notifica a la organización política, otorgándole un plazo máximo de cinco (5) días hábiles más el término de la distancia, en caso corresponda, para que presente sus descargos por escrito. Vencido el plazo y con el respectivo descargo o sin él, la GSFP emite el Informe Final de Instrucción y lo remite a la Jefatura Nacional para la notificación respectiva.
Recibido el Informe Final de Instrucción, la Jefatura Nacional gestiona su notificación respectiva, otorgándole un plazo máximo de cinco (5) días hábiles más el término de la distancia, en caso corresponda, para que presente sus descargos por escrito.
Transcurrido el plazo y con el respectivo descargo o sin él, la Jefatura Nacional emite la resolución jefatural que resuelve el proceso, declarando el archivo del PAS o la aplicación de sanciones.
Si se establece que hubo infracción, se precisa cuál ha sido esta y qué sanciones corresponden. La resolución jefatural se notifica al infractor y se publica en el portal institucional de la ONPE.
Luego de notificado al infractor el resultado del Proceso Administrativo Sancionador, este tiene las siguientes opciones:
1. Presenta reconsideración: Si el recurso se considera fundado, se archiva el PAS.
2. Presenta apelación: El caso se remite al Jurado Nacional de Elecciones (JNE)
3. Ninguna acción: Se solicita al JNE información sobre apelaciones y se procede a la ejecución de la sanción.
4. Pagar multa: Culmina el proceso.
A la fecha, Fuerza Popular, Renovación Popular y Alianza para el Progreso han presentado sus respectivos descargos a las observaciones advertidas, los mismos que están siendo evaluados con la finalidad de determinar si persisten o subsanan las presuntas infracciones establecidas en la LOP.
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