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Inscripción militar obligatoria 2026: El estado multará con este monto a jóvenes que no se registren en ejército Fap y marina

El Servicio Militar es un derecho constitucional que faculta a todo ciudadano peruano a integrar la Defensa Nacional, ya sea en la Marina de Guerra, la Fuerza Aérea o el Ejército del Perú.

En ese contexto, con el objetivo de fortalecer el registro y la participación de los jóvenes que cumplan con determinada edad, el gobierno de José Jerí ha modificado el Reglamento de la Ley del Servicio Militar para que cierta parte de la ciudadanía pueda inscribirse en el Registro Militar, caso contrario, serán acreedores de una multa que deberá pagarse en el Banco de la Nación.

¿CUÁNTO ES LA MULTA POR NO INSCRIBIRSE EN EL SERVICIO MILITAR?
A través del Decreto Supremo n.° 018-2025-DE, se modificó el Reglamento de la Ley del Servicio Militar para alinearlo con los cambios establecidos por la Ley n.° 31488.

Es así que el Gobierno peruano busca con esta medida, que entró en vigor este 1 de enero de 2026, fortalecer el registro y la participación de los jóvenes, mejorando los procesos de inscripción, convocatoria y licenciamiento, así como de ampliar los beneficios para quienes concluyan el servicio militar.

De esta manera, aquellos jóvenes que cumplan 17 años deberán inscribirse obligatoriamente en el Registro Militar. Por ahora, la única manera de realizar este trámite es de forma presencial, por lo que los interesados deberán acudir con su DNI a las oficinas de Registro Militar de la Fuerza Aérea, la Marina de Guerra o el Ejército del Perú. En el caso de los que radican en el extranjero solo tendrán que acercarse al consulado peruano.

Quienes no completen este trámite antes de cumplir los 18 años serán considerados omisos en la inscripción, es decir, recibirán una multa del 5 % de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT), equivalentes a S/ 275 aproximadamente, que será abonada en el Banco de la Nación a favor de la institución armada correspondiente. Aunque, existe la posibilidad de quedar exonerado de esta sanción económica, siempre que el joven omiso realice dentro del periodo legal el Servicio Militar Acuartelado.

Así, no será exigible la presentación de la constancia de inscripción militar ni de la libreta militar, ya que solo basta el documento de identidad. Entre los beneficios que obtendrá el personal licenciado será las capacitaciones técnicas orientativas en los ámbitos del transporte terrestre y acuático, gestionadas por el MINDEF y el MTC, pero sin licencias ni certificaciones oficiales.

 

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