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Incumplimientos contractuales del “consorcio dragatec” impiden inicio del dragado en la presa limón

En sesión extraordinaria del Consejo Regional de Lambayeque, especialistas del Proyecto Especial Olmos Tinajones – PEOT, sustentaron con informes técnicos y legales, que el inicio del servicio de remoción de sedimentos mediante dragado en la presa Limón del Proyecto Olmos, no se ha concretado debido al incumplimiento de condiciones técnicas y contractuales esenciales a cargo del “Consorcio Dragatec”, las cuales constituyen requisitos previos obligatorios para la ejecución efectiva de las operaciones.

El equipo técnico y legal del PEOT expuso ante el pleno regional que, en términos contractuales, el servicio contempla una fase inicial de movilización de equipos, instalación de infraestructura auxiliar y puesta en marcha, seguida de la ejecución propiamente dicha del dragado. Además, que, a la fecha, el proceso se encuentra detenido en la primera fase, debido a que no se ha completado la instalación de las líneas de impulsión (tuberías), elemento fundamental para el transporte hidráulico de los sedimentos extraídos.

La instalación de dichas tuberías no solo forma parte de las obligaciones contractuales de la empresa, sino que constituye una condición técnica indispensable para garantizar el dragado propiamente dicho, al permitir la conducción del material hacia los puntos de descarga aguas abajo. La ausencia de esta estructura imposibilita cualquier inicio de actividades, independientemente de otros avances registrados.

El equipo del PEOT detalló que este incumplimiento ha sido verificado mediante actas levantadas en campo, con participación de autoridad competente, en las que se deja constancia de que las líneas de impulsión no han sido culminadas ni se encuentran operativas.

De igual manera, se precisó la identificación del incumplimiento en la movilización total de los equipos ofertados por el “Consorcio Dragatec”, específicamente la no incorporación de la cuarta draga, pese a que el contrato y el pago efectuado por concepto de movilización consideraban la disponibilidad de cuatro unidades operativas en campo.

En relación con los factores ambientales, el equipo PEOT ha precisado que las condiciones exigidas por el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental – OEFA, incluyendo la implementación de sensores y otros compromisos derivados de actas de cumplimiento, fueron atendidas hacia la quincena de marzo, por lo que no constituyen actualmente una limitante para el inicio del servicio.

Respecto al evento extraordinario registrado el 17 de marzo, cuando precipitaciones intensas, sumado al arrastre de sedimentos y material vegetal hacia el embalse Limón, produjeron la obstrucción de la Bocatoma Provisional, el PEOT precisa que el “Consorcio Dragatec” participó en un primer intento de descolmatación de la estructura, sin embargo, esta se produjo como un apoyo técnico solicitado, siendo la propia empresa quien evaluó las condiciones operativas y ejecutó las actividades bajo su dirección técnica exclusiva.

En ese contexto, los daños reportados en sus equipos de dragado —incluyendo una draga inutilizada y otras dos con afectaciones— se generaron durante operaciones ejecutadas directamente por la empresa, sin intervención técnica del PEOT, por lo que las contingencias corresponden al ámbito de responsabilidad del contratista.

Cabe precisar que la empresa ha presentado solicitudes orientadas al reconocimiento de costos por daños, así como pedidos de suspensión contractual; sin embargo, desde el punto de vista técnico y legal, no resulta procedente suspender un servicio cuya fase de ejecución no ha iniciado, manteniéndose vigente la exigibilidad de las obligaciones previas.

Frente a este escenario, los funcionarios del PEOT sustentaron ante el Consejo Regional que se ha procedido a la notificación formal mediante carta notarial, otorgando al “Consorcio Dragatec”, un plazo de 21 días para la subsanación de los incumplimientos identificados, principalmente la instalación de las líneas de impulsión y la movilización de la cuarta draga.

El equipo técnico y legal del PEOT reiteró que el inicio del servicio de dragado en la presa Limón se encuentra directamente condicionado al cumplimiento de estas obligaciones contractuales esenciales, cuya ejecución permitiría activar de manera inmediata las operaciones de remoción de sedimentos bajo el esquema previsto en el contrato.

Finalmente, el PEOT informó que, de no cumplirse con lo requerido dentro del plazo otorgado, se procederá conforme a lo establecido en el marco contractual y normativo vigente, lo que podría implicar la aplicación de penalidades, la ejecución de garantías y la adopción de las medidas legales correspondientes para salvaguardar los intereses del Estado.

 

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