La Contraloría General de la República (CGR) recomendó a la Procuraduría Pública iniciar acción civil por la presunta responsabilidad de 17 funcionarios y servidores de la Empresa Prestadora de Servicios de Saneamiento de Agua Potable y Alcantarillado de Lambayeque S.A. (Epsel S.A.), quienes incumplieron con atender requerimientos de información de la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento (Sunass), ocasionando que se imponga una multa por S/ 342 427, monto que se constituye en un perjuicio económico contra la entidad.
En el Informe de Auditoría de Cumplimiento n.° 009-2026-2-3472-AC, que evaluó las operaciones realizadas entre el 22 de julio de 2021 y el 1 de agosto de 2025, se señala que Epsel S.A. no atendió oportunamente diversos requerimientos de información enviados por Sunass, pese a que estos fueron reiterados y contaban con plazos establecidos. Los incumplimientos tampoco fueron subsanados después del vencimiento de dichos plazos.
Como consecuencia, Sunass inició siete Procedimientos Administrativos Sancionadores (PAS) contra Epsel S.A. y determinó la responsabilidad de la entidad por la infracción consistente en no proporcionar la información requerida por el organismo regulador. Los procedimientos culminaron con la imposición de multas que generaron el perjuicio económico señalado.
La Contraloría atribuyó estos hechos a servidores y funcionarios que recibieron los requerimientos de Sunass y que no realizaron o supervisaron oportunamente las actividades necesarias para atenderlos dentro de los plazos establecidos.
El informe también señala responsabilidades relacionadas con la defensa de Epsel S.A. durante los procedimientos sancionadores debido a que los funcionarios y servidores encargados de estas labores no aseguraron oportunamente la disponibilidad de la información necesaria para ejercer la acción legal de la entidad, ni consideraron adecuadamente las condiciones y plazos establecidos para estos procedimientos.
La auditoría identificó, además, una deficiencia de control interno, debido a que Epsel S.A. no contaba con un instrumento escrito y formalmente establecido que regulara las etapas, plazos, responsabilidades y mecanismos de coordinación para atender los requerimientos de información formulados por Sunass.
Si bien la Gerencia de Desarrollo y Presupuesto había realizado coordinaciones para elaborar un procedimiento interno, a la fecha de la evaluación este no había sido aprobado, formalizado ni comunicado. Por ello, persistía la ausencia de reglas que establecieran, entre otros aspectos, los plazos para la entrega de informes técnicos de las áreas operativas y los mecanismos de supervisión de la defensa legal externa.
La situación expuesta genera riesgo de obtener resultados desfavorables en los PAS, como pérdida de beneficios regulatorios e imposición de sanciones pecuniarias.
La Contraloría recomendó al presidente de la Comisión de Dirección Transitoria de Epsel S.A. disponer la elaboración, aprobación y difusión de instrumentos internos que regulen la atención de las obligaciones de la entidad sujetas a plazos dentro de las labores de supervisión de Sunass. Asimismo, implementar directivas específicas para regular la defensa legal en los Procedimientos Administrativos Sancionadores.


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