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Congreso aprobó otorgar bonos mensuales para todos los titulares del poder judicial

El Pleno del Congreso aprobó en segunda votación el dictamen recaído en el Proyecto de Ley N.° 5961, que propone “Ley que amplía el bono adicional a favor de todos los jueces titulares del Poder Judicial”.

Esta iniciativa impulsada por la parlamentaria de Alianza para el Progreso (APP), María Acuña, -vice presidenta de la comisión de presupuesto- sostiene que en el caso de las remuneraciones que perciben los magistrados de nuestro país, se observa que, existe un bono adicional únicamente para los jueces supremos, que transgrede directamente la Ley Orgánica del Poder Judicial.

Ese bono al tener carácter permanente forma parte de la remuneración y no es considerado para todos los jueces, lo que genera una desigualdad que debe ser corregida.
La presidencia del parlamento dispuso someter al voto la reconsideración de Acuña Peralta que fue aceptada y luego se dio pase al texto sustitutorio sustentado por el presidente de la comisión de presupuesto.

“No existe justificación alguna para otorgar un bono adicional sólo a los jueces supremos, pues todos los jueces titulares realizan la misma labor y sólo los diferencian las funciones que les asigna la ley”, señala el proyecto.

La parlamentaria sostuvo, que el acuerdo adoptado no tiene carácter remunerativo, no está afecto a cargas sociales, ni pensionable, ni forma parte de los beneficios laborales, ni es base de cálculo la compensación de tiempos de servicios CTS o cualquier otro tipo de bonificación

Indico que se financia con los saldos de las partidas presupuestarias del Poder Judicial del año fiscal 2024 o con cargo a su presupuesto al año fiscal del año 2025, sin demandar recursos adicionales al tesoro público, se autoriza efectuar las modificaciones en el nivel funcional programático que sean necesarias para la implementarlas

En la norma se prohíbe realizar modificaciones presupuestarias en nivel institucional a efectos de habilitar recursos en las partidas presupuestarias que fueron materia de anulación para la implementación de la ley. Para la aplicación se exceptúa al Poder Judicial en cuanto a la ley de presupuesto del sector público y las restricciones.

“Los jueces superiores titulares reciben un bono mensual equivalente al 80 % del valor de cuatro y media unidades de ingreso del sector público (cuatro y media unidades de ingreso del sector público-4.5 UISP); los jueces especializados titulares, equivalente al 62 % del valor cuatro y media unidades de ingreso del sector público (4.5 UISP); y los jueces de paz letrados titulares, equivalente al 40% del valor de cuatro y media unidades de ingreso del sector público (4.5 UISP)”, se detalla en el texto.

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