El Ministerio de Cultura dispuso el ingreso libre, para todos los visitantes nacionales y extranjeros residentes en el país, a los 56 museos administrados por el sector en todo el país, en los días de sus aniversarios de creación o inauguración institucional.
Mediante Resolución Ministerial N.º 000012-2025-MC, publicada en el diario Oficial El Peruano, esta decisión se enmarca dentro de la Política Nacional de Cultural al 2030 y, tiene como finalidad promover el libre ejercicio de los derechos culturales, fortalecer el rol educativo de los museos y difundir el patrimonio cultural que albergan.
Por lo tanto, en los días de aniversario de estas instituciones museales, se brindará ingreso libre a la ciudadanía, para que sea partícipe de cada una de estas celebraciones.
Dentro de las actividades propuestas para cada fecha, también se podrá disfrutar de ferias de artesanía, muestras gastronómicas, presentaciones de danzas folclóricas y una amplia gama de talleres culturales.
Estas opciones pretenden captar el interés de todos los asistentes y ofrecer experiencias enriquecedoras en el ámbito cultural.
De esta manera, la resolución firmada por el ministro de Cultura, Fabricio Valencia, establece que, durante el año 2025, una tarifa promocional de S/0.00 (Cero y 00/100 soles), que permite el ingreso libre en los días de aniversario de la creación o inauguración a los cincuenta y seis museos.
Ingreso libre el primer domingo de cada mes
Cabe destacar que, el Ministerio de Cultura también cuenta con el programa Museos Abiertos, que brinda ingreso gratuito a los museos, sitios arqueológicos y lugares históricos administrados por el sector, a peruanas/os y residentes en el país, el primer domingo de cada mes, mediante Ley N.º 30599
Día Internacional de los Museos
Asimismo, el 18 de mayo, fecha central en que se conmemora el Día Internacional de los Museos, organizado por el Consejo Internacional de Museos (ICOM) desde 1977, también hay ingreso gratuito de ciudadanos peruanos o de cualquier otra nacionalidad a los museos, museos de sitio y salas de interpretación abiertos al público, que sean administrados por el Estado en el ámbito nacional, a través de la Ley N.º 30260.
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