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Juzgado constitucional deja sin efecto medida cautelar y ordena continuar proceso electoral en la junta de usuarios Chancay Lambayeque

El Segundo Juzgado Constitucional de Chiclayo declaró fundada la oposición presentada por el Comité Electoral y el Comité de Impugnaciones de la Junta de Usuarios Chancay Lambayeque, dejando sin efecto la medida cautelar que suspendía la proclamación de resultados del proceso electoral realizado el 12 de octubre de 2025.

La resolución, emitida por el juez Roberto Carlos Santamaría Inoñán, concluye que la medida cautelar otorgada inicialmente -a favor de César Fernando Muro Calderón- perdió sustento, al verificarse que el propio Comité Electoral rectificó el acta de proclamación cuestionada y emitió un informe final en el que no se declara ganador a ninguna lista para el Consejo Directivo de la Junta de Usuarios.

El juzgado determinó que el proceso electoral aún no ha concluido debido a que seis comisiones de usuarios no lograron elegir autoridades, por lo que corresponde convocar a una nueva asamblea para completar la elección, de acuerdo con lo dispuesto por la Ley N.º 31801 y su reglamento.

La decisión judicial enfatiza además que mantener vigente, de manera provisional, al actual Consejo Directivo -como lo disponía la medida cautelar- generaría un mandato indefinido contrario al orden democrático dentro de la organización de usuarios.

En su fallo, el juez resuelve:

• Dejar sin efecto la suspensión de los efectos del Acta de Proclamación y del reconocimiento de lista ganadora.
• Disponer la continuidad del proceso electoral en las comisiones pendientes, conforme al informe final del Comité Electoral.
• Archivar el cuaderno cautelar una vez consentida o ejecutoriada la decisión.

Con esta resolución, el proceso electoral en la Junta de Usuarios Chancay Lambayeque deberá proseguir hasta completar la elección del Consejo Directivo para el periodo 2026 – 2029, reestableciendo la dinámica institucional y el derecho de los usuarios al sufragio en las comisiones aún no votantes.

 

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